¿Qué es la incapacidad temporal?
Se entiende como tal la situación de un empleado que, por enfermedad común, profesional o accidente, no puede prestarte sus servicios. Asimismo, el periodo de baja puede extenderse hasta 365 días que pueden prorrogarse hasta otros 180 si lo aconsejan los médicos.
Cuando uno de tus empleados está de baja cobra la prestación por incapacidad temporal. Mediante ella, se palía la ausencia de ingresos por no poder trabajar. Este subsidio se materializa de la siguiente forma:
- En caso de enfermedad común o accidente no laboral, percibe el 60 % de su base reguladora entre el cuarto y el vigésimo día de baja. A partir de este y hasta el fin de la incapacidad, cobra el 75 % de la misma base.
- En caso de enfermedad profesional o accidente de trabajo, percibe el 75 % de la base reguladora desde el primer hasta el último día.
No obstante, solo cobra la prestación de baja por enfermedad común si tiene cotizados, al menos, 180 días en los últimos cinco años. En cambio, para el resto de los casos de incapacidad no hay requisitos de cotización.
¿Quién paga el subsidio por incapacidad temporal?
Otra cuestión que te interesa saber es quién debe abonar al trabajador el subsidio por baja. Y también en este caso debemos diferenciar en función del origen de la baja:
- Baja por enfermedad común. Como su empleador, debes pagarlo tú hasta el décimo quinto día. A partir de entonces, corre a cargo de la Seguridad Social o de la mutua de accidentes de trabajo que tengas contratada.
- Baja por enfermedad profesional o accidente. Quien le paga el subsidio es la mutua de accidentes de trabajo.
Sin embargo, es importante decirte que debe ser tu empresa la que pague directamente a tu empleado de baja en forma de nómina. Después, el importe que has abonado se descontará de tus seguros sociales. Es decir, que le adelantarás el dinero, pero te será devuelto por el organismo correspondiente. Y, entonces, ¿quién le paga los seguros sociales?
¿Quién paga los seguros sociales del trabajador en incapacidad temporal?
También es tu empresa la que está obligada a pagar los seguros sociales del trabajador de baja. Y tienes que hacerlo durante todo el tiempo que dure la misma hasta el límite de 545 días (365 prorrogables otros 180). Igualmente, tendrás que practicarle las correspondientes retenciones de IRPF en su nómina, reservarle su puesto de trabajo y, naturalmente, pagarle su salario mensual con independencia de que luego te sea reintegrado el dinero.
Pero también el trabajador debe afrontar pagos a la Seguridad Social, igualmente, en forma de retenciones sobre su nómina. Además, tiene obligaciones mientras está de baja. Así, debe presentarla en un plazo de tres días en la empresa y, cuando se recupere, comunicarlo en 24 horas. Igualmente, tiene que someterse a todos los tratamientos necesarios para curarse y presentarse a los reconocimientos médicos para los que sea requerido. Finalmente, mientras dure la baja, no puede trabajar ni para terceros ni por cuenta propia.
En cuanto a los abonos a la Seguridad Social de los que te hablábamos, se desglosan de la forma siguiente:
- Empresario. Como empleador, tu tendrás que pagar a la seguridad social estos porcentajes sobre su nómina: el 23,6 % por contingencias comunes, el 5,50 % por desempleo (6,75 % en contratos a tiempo parcial), un 0,60 % para formación profesional y un 0,20 % para el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa). Asimismo, abonarás un tanto por ciento por contingencias profesionales, pero este depende de la categoría del empleado.
- Trabajador. Este tiene que pagar en forma de retenciones los siguientes porcentajes: un 4,7 % para contingencias comunes, un 1,55 % por desempleo (1,60 % si trabaja a tiempo parcial) y un 0,10 % para formación profesional. En conjunto, el empleado abona a la Seguridad Social un 6,35 % de su base.
En conclusión, te hemos explicado todo lo que necesitas saber respecto a la incapacidad temporal de tus empleados. Ahora ya sabes quién paga los seguros sociales de un trabajador de baja. Y también cuáles son tus otras obligaciones para con él durante ese tiempo. No obstante, como se trata de un tema complejo, lo mejor es que recurras a una empresa de servicios externos para que te gestione las bajas de tus empleados. De esta forma, tendrás la seguridad de que están bien y te evitarás futuros problemas.