Normativa laboral: conoce todos los cambios de la nueva reforma
El 30 de diciembre de 2021 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la nueva reforma laboral en España, la cual trajo varias novedades importantes para las empresas, sobre todo en lo que respecta a la contratación de nuevo personal.
La normativa ha sido el resultado de un acuerdo entre la patronal, el gobierno y los sindicatos en una Mesa de Diálogo Social, la cual puso el foco especialmente en los vínculos entre el empleado y el empleador.
En concreto, la reforma tiene como principal objetivo reducir la precarización laboral, y esta es la razón por la que los principales cambios se dan en los contratos de trabajo.
¿Cuáles son los cambios en los contratos laborales que establece la nueva normativa laboral?
La flamante reforma laboral establece nuevas pautas a las empresas para la contratación de personal. Estas modificaciones hacen hincapié principalmente en la temporalidad y formación de los trabajadores.
En ese caso, veamos cuáles son los diferentes tipos de acuerdos de trabajo que trae la nueva normativa española:
Contrato indefinido y contratos de duración determinada
Para terminar con la incertidumbre que generan los trabajos temporales, se introduce como carácter prioritario que los contratos sean indefinidos.
Cabe señalar que hay dos supuestos en los que se permite un convenio corto:
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Aumento imprevisible de la producción: si una empresa, o negocio, tiene más trabajo del habitual, puede contratar personal durante un plazo determinado. En cualquier caso, el período máximo no puede superar los 6 meses.
Hay que subrayar que la nueva reforma laboral limita a 18 meses, en un espacio temporal de 24 meses, el período establecido para encadenar contratos y pasar a ser indefinidos.
Antes de esta normativa, la ley establecía que el límite era de 24 meses, en un marco temporal de 30 meses.
Contrato fijo-discontinuo
Una de las principales novedades de la reforma laboral de 2022 es el contrato fijo-discontinuo, el cual establece que los trabajadores tendrán los mismos derechos que aquellos empleados indefinidos, incluso en lo que respecta a las indemnizaciones.
Contrato formativo
Otro de los grandes cambios de la reforma, está en los procesos formativos a los que deberán ser sometidos los empleados.
En concreto, la nueva normativa laboral española establece dos tipos de contratos:
Contratos de formación dual o en alternancia trabajo-formación
En estos convenios, la formación académica oscila entre los 3 meses y los 2 años. Tiene como principal objetivo compatibilizar la actividad laboral con la formación profesional, estudios universitarios o Catálogo de Especialidades formativas.
Una vez finalizado este proceso, no corresponde indemnización y la retribución no puede ser inferior al SMI (en proporción al tiempo de trabajo efectivo).
Por último, una persona que firma un contrato de formación no debe hacer horas extras (salvo fuerza mayor), ni realizar períodos de prueba ni tampoco trabajar por las noches.
Contratos para la obtención de la práctica profesional
Este tipo de contratos están dirigidos a quienes tienen un título universitario, de grado medio o superior, máster o posgrado. En cualquier caso, no pueden ser superiores a 1 año ni menores a 6 meses.
La retribución por el convenio/grupo profesional y nivel retributivo, será de acuerdo a las funciones que el empleado va a desempeñar en la firma. De todas maneras, no debe ser inferior al SMI.
Cabe destacar que la nueva normativa establece, también, que al empleado se le debe asignar un tutor.
Por último, este convenio no permite que el trabajador haga horas extras, pero sí complementarias.
Contrato indefinido adscrito a obra
Por último, la normativa laboral establece un contrato específico para el ámbito de la construcción, el cual tiene como objetivo impulsar el desarrollo de tareas o de servicios y que estén estrechamente relacionados con actividades enmarcadas dentro del Convenio General del Sector de la Construcción.
Además, cuando la obra termina, la empresa que estuvo a cargo debe efectuar una propuesta, por escrito, para que cada uno de los trabajadores involucrados sea recolocado, a menos que haya demostrado no estar capacitado para la labor.
Sanciones
Tal y como contamos al inicio, el principal objetivo de la nueva normativa laboral es reducir la precarización laboral en el país.
Por esta razón, hay severas penas para quienes contratan personal de manera temporal. En concreto, la multa puede llegar hasta los 10.000 euros.
Además de la sanción económica, se le obligará a la empresa a regularizar la situación de los empleados que estén trabajando de manera irregular. Esto puede tener un coste adicional de 2.000 euros.