Con la última Reforma Laboral se introdujo una presunción de laboralidad de las personas que presten actividad de reparto o distribución de productos para empresas que ejerzan la organización, dirección y control mediante gestión algorítmica del servicio o de las condiciones de trabajo, a través de una plataforma digital. Por tanto, si se trata de una relación laboral, conlleva: Contrato laboral (no mercantil), cotización a la Seguridad Social, acceso a prestaciones. y demás derechos laborales, además de una mayor estabilidad.